...¿Es extensible al resto de trabajadores el mismo acuerdo? ¿Cuánto aumento salarial ha supuesto? ¿Quién, cómo, cuándo, inició la negociación, y quienes la han firmado? Si esto está fuera de convenio, ¿Por qué no se ha acabado de completar el artículo 33 convenio? ¿Es responsabilidad de los representantes sindicales o de la empresa?
Todos los acuerdos entre la Dirección y un colectivo de empleados están vinculados y protegidos por el Convenio Colectivo, aunque estos acuerdos se pueden alcanzar fuera de la propia negociación. Esto es algo tan normal como la propia existencia de 5 comisiones de trabajo Dirección-Sindicatos (dependientes del Comité de Empresa) que tienen capacidad para llegar a acuerdos legítimos y legales (lo hacen constantemente y sin que suponga ningún problema).
Ya vemos que esto de atacar a los Mandos Intermedios es un elemento, además de muy facilón, muy populista y que llama a muchos adeptos. Pero no por ello desde la Dirección vamos a dejar de respaldar a unos empleados que llevan a término su trabajo con un excelente nivel de eficacia y predisposición, y que como el resto tienen unos derechos y deberes establecidos en el Convenio Colectivo y en los pactos a que sus representantes hayan llegado con la Dirección. Lo hacemos con la misma seguridad y contundencia con que afirmamos que el colectivo de conductores y mecánicos está formado por unos excelentes profesionales que llevan a término su trabajo con un nivel de excelencia suficiente para que dicha valua sea reconocida también por los clientes y el resto de ciudadanos de la región metropolitana en todas las encuestas que se realizan (ver las tres últimas revistas de la Empresa donde se detallan estos resultados).
divendres, 13 de novembre del 2009
¿Por qué se llegó a un acuerdo fuera de convenio para los mandos?...
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