dijous, 15 d’octubre del 2009

Mi servicio tiene 7.50 ¿si no me pagan el extra, que seria lo lógico, todo lo que pase de 7.05 puedo decidir yo el día de descanso?...

...ya que me obligan a trabajar por lo menos déjeme decidir a mi cuando descanso.

Efectivamente, el exceso va a ir a un cómputo para descanso, y el disfrute del mismo (cuando la acumulación de tiempo llegue a 7,05 horas o más) será de lunes a viernes intentando aceptar todas las propuestas que nos lleguen por parte suya. En estos casos, la planificación a largo plazo siempre asegura que se pueda disfrutar cuando uno lo pide.