dimecres, 14 d’octubre del 2009

Si un servicio tiene un partido de una hora y media, ¿por qué los primeros 25 minutos no los cobras?...

...explíqueme como me pagan el servicio 2 de la 72? ¿Qué me pagan? y ¿Qué genero para descansos? si la ley me permite cobrar hasta 80 horas anuales. Respecto a los días de descanso, saben que no se puede solapar el descanso entre jornadas (12 h) y el descanso semanal (un día y medio como mínimo) si no nos ponen los dos días consecutivos, ¿Se tendrá que denunciar el tema en el juzgado? o ¿Se consensuara un sistema de descansos digno?

Todo el tiempo que exceda de las 7h 05’ será un cómputo para descansos. Estos descansos se añadirán al sistema base de 2 días por semana que se iniciará en enero y que ya incluye más descansos que el vigente hasta ahora. En este sentido, no entendemos por qué van a tener que denunciar si se descansa más que ahora.
Los servicios partidos van a mantener el régimen de retribución que indica el convenio, pero con una importante mejora: los primeros 25’ del tiempo partido se retribuirán como tiempo efectivo y no como partido.