dimecres, 14 d’octubre del 2009

¿Qué pasará con la escogida general de servicios cuando un juez diga que el artículo 41 no se puede aplicar?...

...¿Qué pasará con la escogida general de servicios cuando un juez diga que el artículo 41 no se puede aplicar? ¿Tendré mi servicio antiguo o el nuevo escogido? ¿Podré conservar el servicio nuevo pero cobrando el tiempo de presencia y el descanso?

A pesar de que su pregunta da por hecho un determinado final de la sentencia, intentamos responderle: La actual escogida general, que es imprescindible para poder llevar a cabo el servicio del año 2010, se está realizando de conformidad con la normativa legal y convencional en vigor y, por lo tanto, no vemos por qué va a dejar de aplicarse.