...si yo elijo cobrar las horas, con un servicio de 7:45h ¿Cuánto cobraré y cuanto va a cómputo?
Efectivamente, si usted no decide descansarlas, van a ser retribuídas y computadas en las 80 h legales, y por lo tanto hasta ese límite podrá cobrar el resto de exceso de las 1.690 h efectivas si las ha trabajado, que según su ejemplo va a trabajarlas.
divendres, 23 d’octubre del 2009
¿Las fiestas oficiales son horas extras que computan para la 80 máximas legales?...
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